Desistimiento
Diccionario

Desistimiento

DICCIONARIO: Seguros
Derecho que se reconoce a los tomadores de los seguros en los contratados a distancia (internet, teléfono, etc. ), y que les permite decidir, dentro de un plazo máximo de 14 días naturales desde la celebración del contrato a no continuar, es decir, a “cancelar” el contrato. En la comunicación por escrito no hay que explicar ningún motivo, sólo se nos puede cobrar la parte proporcional de los días que han transcurrido, y no puede la aseguradora aplicar penalización alguna.

Comparte