Diccionario

Vicio propio

DICCIONARIO: Seguros
Defecto, mala calidad, o daño físico preexistente en los bienes o cosas aseguradas que puede producir su deterioro. Para que tengan tal consideración, tales defectos han de existir de manera previa a la contratación del seguro y no están cubiertos por el contrato de seguro y constituirán exenciones al mismo, salvo que el contrato de seguro lo recoja de forma expresa. En cualquier caso su existencia previa deberá ser probada por la aseguradora que niega por este motivo la cobertura

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