Diccionario

Subrogación

DICCIONARIO: Seguros
Derecho del asegurador a ejercitar los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero causante del siniestro hasta el monto de la indemnización que ha abonado el asegurador, es decir, la compañía debe abonar primero la indemnización al propio asegurado y reclamar en nuestro nombre a la persona que ha causado los daños. También se llama “derecho de repetición” frente al citado causante de los daños.

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