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Diccionario
Embargo
DICCIONARIO: Ahorro e inversión
Desposeción o retención de bienes de un deudor, como método de seguridad, para asegurar que se cumpla el pago de una obligación que haya contraído el sujeto con anterioridad y no haya pagado y existan dudas o certeza sobre la insatisfacción futura de la deuda. Existen límites a los embargos. Es inembargable el primer sueldo hasta el importe del Salario mínimo Interprofesional, a partir del importe del segundo y sucesivos importes el porcentage de embargabilidad se incrementa. Los embargos pueden ser de saldo y salarios. El embargo de saldo ha de ser notificado y el consumidor dispone de 20 días para oponerse al mismo. El embargo de salarios se realiza directamente por el empleador con el pago de la nómina.